jueves, 5 de noviembre de 2015

La Marsellesa Aprista


Mejores congresistas


CONGRESISTAS DE VERDAD

El Congreso de la República es un Poder del Estado que representa al pueblo peruano –al ser sus integrantes elegidos por los ciudadanos-, el mismo tiene las funciones de legislar (dar leyes que el país necesita) y fiscalizar (custodiar el cumplimiento de la ley, el buen funcionamiento de los cargos públicos y el buen uso de los recursos del Estado).

Partidos ejemplo de democracia interna.-

Para ser parte del Parlamento, como Congresista, se tiene que participar en elecciones parlamentarias, mediante Partidos Políticos, los cuales concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular, deben ser ejemplares en su democracia interna, transparentes en el origen de sus ingresos económicos y, también, deben ser escuelas de formación de cuadros políticos y técnicos.

Congreso Poder del Pueblo.-

El Parlamento Nacional o Congreso de la República o Poder Legislativo del Estado, se creó para limitar y controlar al Poder Ejecutivo, para darle poder al pueblo, para representar sus necesidades, derechos y aspiraciones. En contra de los intereses de los grupos de poder económico, quienes caen en la tentación de hacer prevalecer sus negocios sobre los derechos del pueblo.

No al Congreso de intereses particulares.-

Pero, qué vemos en el actual Congreso de la República, que su representación no es del pueblo, sino, la de intereses de determinados grupos económicos, entre formales e informales. Ahí hay propietarios, accionistas, ejecutivos ocultos de empresas que le venden al Estado sus productos y bienes. Y quiénes siendo congresistas han obtenido concesiones diversas del Estado.

Encima, en sus descargos dicen, no tener incompatibilidades con su condición de congresista, por el simple hecho de no ser gerentes ni accionista mayoritario de sus empresas o negocios, además, porque si alguna actividad ejercen en sus actividades de lucro, lo hacen en horas que no funciona el Congreso. Pero no dicen, que lo que hacen es sacarle la vuelta a la ley.

Por congresistas a exclusividad.-

Por eso es importante plantear la modificación del Artículo 92º de la Constitución, estableciendo que la función de congresista es de tiempo completo y a exclusividad, de manera que no pueda ejercer actividades privadas, durante su mandato, además, precisar categóricamente, que la función de congresista es incompatible con toda condición y/o actividad ajena, diferente y distinta a la de congresista.

Es tiempo de tener congresistas, que representen a los electores y no a particulares, hagan un fructífero trabajo de comisiones –tanto en las ordinarias como en las especiales-, realizando estudios de la realidad, identificando sus problemas, previendo las dificultades futuras, y conforme a sus conclusiones, propongan leyes que se apliquen, funcionen y den los resultados esperados.
 
Beto Lajo