Confesión para eludir la prueba grafotécnica.-
Debe quedar claro lo siguiente: No ha confesado por voluntad propia,
sino, para eludir la prueba grafotécnica, dispuesta por el Fiscal Penal que la
investiga por el delito de Lavado de Activos; pero que más ha dicho: que no
reconoce el contenido de las agendas, que han sido sustraídas, que consigna
aspectos privados, que no se relaciona con ningún acto de corrupción y que
datan del año 2009 y no del período del Gobierno Nacionalista (2011-2016).
Estrategia de defensa: invalidar las agendas.-
O sea, la estrategia de defensa es negar el contenido de las agendas, y
establecer que han sido sustraídas, con esto último trata de invalidar las
agendas como pruebas de los presuntos ilícitos, pues, se ha vulnerado su
derecho fundamental a la persona al ser robadas o hurtadas o sustraídas, en
consideración a la siguiente normativa:
“Toda persona tiene derecho: al secreto y a la inviolabilidad de sus
comunicaciones y documentos privados” (Art. 2º, numeral 10 de la Constitución
Política del Perú).
“Carecen de efecto legal las pruebas obtenidas, directa o
indirectamente, con violación del contenido esencial de los derechos
fundamentales de la persona” (Art. VIII, numeral 2 del Título Preliminar del
Código Procesal Penal).
Beto Lajo
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