domingo, 1 de noviembre de 2015
Mollendo con la canción criolla
Mollendinos,
tambeños y
matarinenses –éste 31 de octubre- nos reencontramos en Arequipa y
disfrutamos de un gran espectáculo musical con lo nuestro, en evento artístico PEÑA CRIOLLA -muy
bien organizado por el Círculo Mollendo, cuya Directiva la preside el dinámico Arq. Percy
Medina Pinto-, con lo cual se celebró EL DÍA DE LA CANCIÓN
CRIOLLA , realizada Pro Fondos para la modernización del Local del
Círculo Mollendo.
Desfilaron
artistas, varones y damas, quiénes nos deleitaron con canciones de grandes
exponentes de la música tanto del Perú como de América Latina y el mundo; hubo valses, boleros,
baladas, rancheras; los paisanos cantamos, bailamos y recordamos nuestra
infancia y juventud, como a nuestro pueblo, a nuestro valle, en suma a nuestra
provincia.
Vimos
a Walter López, atender en la venta de bebidas; a Jorge Lira en la caja; a Óscar Tejada
desempeñándose
como maestro de ceremonia; a Carlos Rodríguez –el autor de éstas fotos-, Fernando Palomino ayudando en el
recojo de botellas; a Prado controlando el ingreso; es decir, fue una hermosa
reunión en la cual
muchos islayanos e islayanas, nos abrazamos, en varios casos no sabíamos nuestros
nombres pero sí los apodos o alias de nuestra familias.
FUE UNA REUNIÓN DE ARTE, DE AMISTAD Y DE IDENTIFICACIÓN CON LO
NUESTRO.
Beto lajo
sábado, 31 de octubre de 2015
¿El Valle de Tambo no es rural?
EL
VALLE DE TAMBO NO ES RURAL. ¡¡¡INCREÍBLE!!!
Pueden creer que los distritos de Deán Valdivia,
Punta de Bombón y Cocachacra -conformantes del Valle de Tambo y por cuyas
circunscripciones cursa el río Tambo- donde se desarrolla con predominio la
agricultura; NO SON CONSIDERADOS MUNICIPALIDADES RURALES, para no creer. La
realidad es que los distritos antes mencionados sí están en zona rural,
entonces.
¿Dónde
está el problema?
En el Decreto Supremo Nº 090-2011-PCM “Aprueba
Listado de Municipalidades Rurales del Perú”, publicado en Normas Legales de El
Diario Oficial El Peruano el 03 de diciembre de 2011, el mismo fuera elaborado
en cumplimiento –después de ocho años- de la Novena Disposición
Complementaria de la Ley N º 27972
Ley Orgánica de Municipalidades LOM (27 de mayo de 2003). En dicho listado, en
lo que respecta a la provincia de Islay, solo está Mejía como distrito rural.
Definición
equivocada.-
Para el artículo 139º de la LOM son “municipalidades
ubicadas en zonas rurales” aquellas “que funcionan en capitales de provincia o
distrito cuya población urbana no es mayor que el 50% (cincuenta por ciento) de
su población total; en otras palabras son rurales las municipalidades, en las que el número de
habitantes de su núcleo urbano, es menor al número de habitantes de los centros
poblados o anexos. Y si la población del ámbito urbano es mayor, ya no es
rural. Cuestionamos tal definición por ser exclusivamente poblacional,
cuantitativa e irreal; además, a la población hay que caracterizarla por los
trabajos que realiza, no por el lugar donde vive.
Nueva
definición de Municipalidad Rural.-
Planteamos una nueva definición de municipalidad
rural, tomando en cuenta aspectos cualitativos como la predominancia de la
actividad económica agrícola, la ocupación mayoritaria de la Población
Económicamente Activa PEA en labores agrarias y conexas. Ello
implica sustituir –vía ley modificatoria- el texto actual del precepto antes
citado, por el siguiente: “Las municipalidades ubicadas en zonas rurales son
las que funcionan en provincias o distritos cuya actividad económica
predominante es la agricultura, y, su población económicamente activa,
mayoritariamente se dedica a labores agrarias y conexas”. Definición más
realista con lo cual estamos incluyendo a nuestros distritos de Deán Valdivia,
Punta de Bombón y Cocachacra, como municipalidades rurales, por ser
circunscripciones con evidente vocación agropecuaria.
Importancia
de las Municipalidades Rurales.-
Radica en la regulación propia con condiciones
especiales -no siéndole aplicable estrictamente el régimen municipal general-,
sino lo estipulado en los artículos 139º al 147º del Capítulo Único del Título
XI de la LOM ,
siendo condiciones especiales –entre otras- las siguientes: plan de desarrollo
rural sostenible; mejor distribución del FONCOMUN, canon y otras
transferencias; promoción de la gestión sostenible de los recursos naturales
(suelo, agua, flora, fauna, biodiversidad); integrar la lucha contra la
degradación ambiental con la lucha contra la pobreza y la generación de empleo;
no tiene obligación de adoptar la estructura administrativa municipal básica,
sino una acorde a su situación de zona rural; en cuanto al control
institucional, se sujetan “a las disposiciones específicas que para tal efecto
emita la Contraloría General
de la República ”,
hasta ahora no las ha emitido, habría que exigirle lo haga.
“Hay
hermanos, mucho por hacer”.-
La advertencia está hecha y la propuesta está
estructurada, es vital iniciar una movilización enarbolando la bandera de la
redefinición de las municipalidades rurales y de la modificación del artículo
139º de la LOM ,
con el impulso de los gobiernos locales de la provincia de Islay, especialmente
del Valle de Tambo, y de las organizaciones de agricultores como de la
comunidad en general.
¡¡¡EL
VALLE DE TAMBO SÍ ES RURAL!!!
viernes, 30 de octubre de 2015
Mañana Mollendo!
INVITACIÓN
La
Junta Directiva del Círculo Mollendo, tiene el agrado de invitar a usted y
familia, a los socios y amigos de la Institución, a la Peña Criolla que se
realizará el
Día
: SABADO 31 de OCTUBRE 2015
Hora:
7.00 de la noche
Lugar:
Pasaje La Unión 113 (Paralela 2da cuadra
calle Emmel)
El
Presidente Arq. Percy Medina Pinto agradece anticipadamente su gentil
asistencia.
Hoy!
Amigas y
amigos.
Hoy jueves
29 de octubre, a las 20.00 horas (8.00 de la noche) estaremos en entrevista en
Radio Star de Mollendo, con el periodista Eduardo Bailón. Tema: Municipalidades
y los diversos actores.
Beto Lajo
Municipalidades y el mal clima de los negocios
MUNICIPALIDADES
Y EL MAL CLIMA DE LOS NEGOCIOS
El Reporte de Doing Business 2016 del Banco
Mundial, publicado recientemente, nos dan a conocer el Ranking EN FACILIDADES
DE NEGOCIOS, en el cual Perú –nuestro país- ha bajado del puesto 45 al lugar 50
de 189 economías; debido a la demora en el otorgamiento de permisos para abrir
negocios; siendo ello una mala noticia, denotándose un deterioro del clima de
negocios, dónde los más perjudicados son las MYPES.
Ministro
culpa a las municipalidades.-
Al respecto el Ministro de Economía y Finanzas
Alonso Arturo Segura Vasi, manifestó: “dicho resultado se debe al cambio de
metodología de medición del Banco Mundial”, luego: “no han tomado en cuenta las
últimas reformas aprobadas en los sendos Decretos Legislativos expedidos por el
Poder Ejecutivo, los mismos salieron después de la evaluación”. Finalmente
indicó: “son las municipalidades las causantes en demorar muchos días, en dar
las licencias para las actividades económicas”.
Quién
calla otorga.-
Llama la atención el silencio de los alcaldes, ante
la imputación del ministro Segura, ¿significa reconocimiento de esa
deficiencia? Hace varios años, la
Cámara de Comercio de Lima, emitió un informe con la
conclusión: “la burocracia municipal impide el crecimiento del país en dos por
ciento, por lo tanto, obstaculiza la creación de más de 50 mil puestos de
trabajo, en consecuencia obstruyen la generación de empleo a favor de los
peruanos (as).
Comisión
de Simplificación Administrativa.-
Desde hace buen tiempo, venimos proponiendo a los
concejos municipales, la conformación de la Comisión Permanente
u Ordinaria de Regidores (as) de Simplificación Administrativa, cuya tarea es:
hacer el inventario de procedimientos administrativos; identificar cuáles son
los trámites mayormente utilizados por los administrados (as); revisar los
manuales de procedimientos (mapros); estudiar el Texto Único de Procedimientos
Administrativos – TUPA; detectar dónde se dan los cuellos de botella; verificar
si todos los trámites tienen determinado sus procedimientos; hacer seguimiento
–por muestreo- a los trámites de los vecinos (as); a fin, de establecer por
cuántas oficinas pasa y cuántos días demora.
Estado
eficiente y municipalidades ágiles
Para con la información recogida, el análisis
correspondiente, y las consultas participativas; plantear alternativas de
simplificación, ello implica, reducir los días para resolver, disminuir las
fases a lo necesario, suprimir requisitos a lo indispensable, y abaratar los importes
a lo justo.
Beto Lajo
jueves, 29 de octubre de 2015
Niño ahogado
NIÑO AHOGADO POR LA BUROCRACIA E
INSENSIBILIDAD
Es difícil y muy doloroso comentar sobre un hecho -por demás deplorable-
como la muerte de un niño de once años de edad, acaecido en la piscina olímpica
de Cayma – Arequipa, por ahogamiento. Mi más sentido pésame a los progenitores
y familiares de Max.
Nos llena de furia que los que están –como funcionarios públicos- en
Entidades Públicas como: la
Municipalidad Distrital de Cayma; la Municipalidad
Provincial de Arequipa; el Seguro Social de Salud – EsSalud; la Institución Educativa ;
la Gerencia Regional
de Educación; etc. Los gana el formalismo e indiferencia.
Una vez más se comprueba: desconocimiento alarmante de sus funciones y
responsabilidades; ausencia punible de voluntad de querer hacer bien las cosas;
y carencia repudiable de amor al prójimo. Una vez más, hacen gala de la maldita
“lavada de manos” y de ser muy buenos en tratar de explicar que no son
responsables.
¡¡¡Sí son responsables!!! ¡¡¡No deben lavarse las manos, sino sus
conciencias!!! Ustedes con su negligencia castigable, con su desdén arrogante y
su inhumanidad manifiesta, han ocasionado la muerte del niño, quién –después
del accidente- estuvo todavía con signos de vida y tres horas después fallece.
Ese niño quería vivir, ya le dieron reanimación cardiorrespiratorio en
el Hospital Policial, al no haber mejoría, requería de una atención médica
especializada; estaba cerca el Hospital de Yanahuara, pero, se ponen a
seudoelucubrar que dicho Hospital no tiene sala para atender casos de “nivel
cuatro”, tampoco Unidad de Cuidados Intensivos – UCI pediátrico.
Por lo que tuvieron que llevarlo al Hospital General, y en el camino
muere ahogado por la burocracia e insensibilidad. Han hecho tabla rasa con la Constitución : “La
defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de
la sociedad y del Estado” (Art. 1º); con el Código de los Niños: “Principio del
INTERÉS SUPERIOR DE NIÑO” (Art. IX Título Preliminar).
Beto Lajo
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